sábado, 8 de noviembre de 2008

DERECHOS HUMANOS EN EL CIBERESPACIO.

El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Cincuenta años más tarde, aparece la necesidad de reconocer éstos en el ciberespacio, considerándose que dado el momento tecnológico que estamos viviendo estos derechos son fundamentales.

Haciendo una lectura detenida del texto nos parece interesante resaltar el artículo 5 referido a que ninguna persona puede ser sometida a un correo masivo sin acuerdo previo. Este derecho, parece no cumplirse en la era tecnológica, el usuario no tiene la capacidad de controlar en muchas ocasiones correos spam enviados por casas comerciales de manera repetida.

También me gustaría recordar que en los últimos días han salido publicadas en prensa informaciones referentes a que empresas de recursos humanos utilizan herramientas como el facebook para poder conocer con mayor profundidad a sus candidatos. ¿no se está violando un derecho fundamental relativo a la privacidad de las personas? (Artículo 8 y 12).

No cabe duda que en un mundo físico donde se cree en la igualdad, la dignidad y el valor de la persona humana se hace absolutamente imprescindible abogar por estos mismos derechos en la red. Pero, son igualmente controlados?

En la actualidad parece ser mucho más fácil esconderse detrás de un ordenador para violar los derechos humanos.

Concluimos diciendo que con la colaboración de todos es posible controlar estos derechos en el ciberespacio, denunciando todas aquellas acciones que consideremos que incumplen esta declaración.

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